martes, 17 de noviembre de 2009

Yolanda Barcina incumple la moción aprobada sobre el Museo de los Sanfermines

En primer lugar, queremos dejar bien claro que apoyamos la construcción del Museo de los Sanfermines que, como se recordará, forma parte de uno de los acuerdos alcanzados entre el Partido Socialista y el Gobierno de Navarra, dentro del Plan Navarra 2012.
Pese a todo, no quiere decir que estemos de acuerdo con todas las actuaciones que la Alcaldesa Yolanda Barcina realiza en esta materia. Por recordar, una discrepancia importante surgió con la firma del convenio y así lo pusimos de manifiesto en la moción presentada en el pleno del 20 de febrero del 2009. Acordamos desautorizar a la Alcaldesa en la gestión y firma del convenio para la construcción del centro temático, por carecer de un estudio de viabilidad, comprometer seriamente las arcas municipales para un periodo de 50 años y marginar la participación de los grupos municipales en el proceso.
Del mismo modo, en la moción también se aprobó estudiar la creación de una Fundación, donde tengan participación los distintos grupos municipales, así como los agentes sociales y económicos, para el diseño, desarrollo y gestión del centro.
Pues bien, ni se ha realizado un nuevo convenio que nos de más garantías al Ayuntamiento, ni se ha creado una Fundación al respecto.
Además, hemos tenido conocimiento de que la propuesta adjudicada asciende a 6’4 millones de euros. Entendemos que en la situación económica en la que nos encontramos sería más conveniente ralentizar este gasto, de tal modo que en primer lugar aseguremos que las necesidades sociales de Pamplona están cubiertas, para después ir trabajando en proyectos de esta naturaleza.
Por otra parte, en aras a garantizar la transparencia, mejor información y mayor control, consideramos urgente la creación de la Fundación específica que controle el diseño y desarrollo de este ente, donde tengamos cabida los grupos políticos, así como los agentes sociales y económicos, con interés en la potenciación de nuestra cultura y turismo.

Criticamos el curso de risoterapia al estar organizado por Promoción Empresarial del Ayuntamiento de Pamplona

Hemos tenido conocimiento a través de los medios de comunicación de la próxima celebración de un curso de risoterapia organizado por el Servicio de de Promoción Empresarial del Ayuntamiento de Pamplona. Tal y como detalla la nota de prensa que lo da a conocer, el curso va dirigido “a cualquier persona que quiera encontrar en la risa un recurso efectivo para poder afrontar con optimismo la vida diaria”.
Pues bien, no negamos que esta novedosa herramienta puede tener un componente beneficioso para la mente y la salud de las personas que la practican. Lo que nos parece más cuestionable es que sea el Servicio de Promoción Empresarial de Pamplona, cuyo objetivo es el asesoramiento a personas emprendedoras en la puesta en marcha de ideas de negocio y creación de empresas en general con una atención especial a los sectores de comercio, hostelería y empresas de servicios relacionadas con el comercio y el turismo, quien no tenga otras prioridades en el momento económico que atravesamos que organizar dicho curso de risoterapia.
Para nosotros, el Área de Comercio, Turismo e Igualdad del Ayuntamiento, haría mejor en evitar que su mala gestión vuelva a desperdiciar una oportunidad para ayudar a la creación de nuevas empresas, que dinamicen el mercado, así como colaboren en la disminución de los niveles de paro en Pamplona, que organizar este tipo de cursos, que difieren de los objetivos de esta área.

martes, 10 de noviembre de 2009

Se debe hacer una campaña de fomento de la bicicleta más ambiciosa

El Pleno del 31 de enero del año pasado aprobaba por unanimidad una moción del PSN para el fomento del buen uso de la bicicleta. Tras varias interpelaciones y requerimientos a la Concejala Delegada del Área sobre el cumplimiento de la misma, se nos contestó que la citada campaña sería llevada a efecto una vez el Pleno aprobara la Ordenanza Municipal de Tráfico de manera definitiva.
Aprobada la Ordenanza y, conforme al importante debate mediático y social suscitado, por fin veríamos realizada la tan reclamada campaña. Campaña que esperábamos acorde a la trascendencia social referida y que, indudablemente, está teniendo en nuestra ciudad todo lo relacionado con el uso de la bicicleta
Para nuestra sorpresa, al ser requerida la Sra. Elizalde sobre la ejecución de dicha campaña, nos contestó que la misma ya había sido realizada.
Pues bien: pase que dicha campaña se haga sin dar cuenta de la misma al Pleno que unánimemente la reclamó, ni tampoco al grupo municipal que la impulsó. Pero lo que en opinión de nuestro grupo no tiene un pase, es la escasa relevancia y repercusión social y mediática que la campaña en cuestión ha tenido
No nos parece serio que un simple díptico con seis preguntas y respuestas sobre el uso que debe dársele a la bicicleta en Pamplona por todo contenido, sirva de excusa a UPN para decir que ha dado cumplimiento a lo acordado por el pleno.
UPN y Yolanda Barcina, que tanto alardean de favorecer el uso y el fomento de la bicicleta, se han limitado a dar un cumplimiento raquítico y cicatero a la moción a favor del buen uso de la bicicleta, ajeno y muy distante de lo pretendido por la moción del grupo municipal socialista. Por lo que pedimos que se de cumplimiento real a lo acordado por el pleno y se complemente la pobre campaña ya realizada con otra acorde a la importancia que el fomento y el buen uso que la bicicleta se merece.

domingo, 8 de noviembre de 2009

Yolanda Barcina hace suyas las obras financiadas con el Plan E del Gobierno de la Nación


Leo con interés el escrito que hace Doña Irene Santamaría Goñi sobre el agradecimiento al Ayuntamiento de Pamplona por la colocación de la rampa mecánica que conecta Iturrama con Azpilagaña.
Desde el Grupo Municipal Socialista no podemos más que compartir la alegría de que se instalen los elementos necesarios para eliminar las barreras arquitectónicas y facilitar la vida, especialmente a los que sufren dificultades de movilidad.
Únicamente deseo aclararle, que aunque esté muy agradecida al Ayuntamiento por la instalación de esta rampa, ello no se hubiera llevado a cabo sin la financiación necesaria para ello, que en este caso proveniente del Fondo Estatal de Inversión local, del Gobierno de España.
No me extraña que no se haya dado cuenta de este matiz, ya que la Alcaldesa, Sra. Barcina no lo mencionó en el momento de la inauguración el pasado viernes 6 de noviembre. A la vista de este hecho, y antes de que dejara el micrófono, se lo recordé inmediatamente por si lo quería corregir y me informó que no había hablado nada de dinero.
Una vez más, se pone de manifiesto el comportamiento desleal de Yolanda Barcina, que en lugar de al menos informar, ya no digo agradecer que sería lo normal, el origen de la financiación de las obras, va de listilla y parece que todo lo hace el Ayuntamiento sin ninguna otra ayuda...eso dice mucho de las personas.
Por cierto, de la misma manera, se le “olvidó” invitar a la Delegada del Gobierno a esta inauguración, que entendemos es lo mínimo que se debe hacer en estos casos.

Carta al Director de Maite Esporrín

También apoyamos las modificaciones en el Colegio La Compasión de la Rochapea

En primer lugar, quiero agradecer la buena acogida que los grupos y los técnicos municipales han prestado al informe urbanístico que hemos aportado esta semana para desbloquear varios expedientes, ante la disparidad de criterios entre Gerencia de Urbanismo y Secretaría del Pleno. La amenaza de paralización ha servido de catarsis para llevarnos a una reflexión de los aspectos en litigio y proponer una solución duradera a las cuestiones planteadas.
La justificación de la propuesta de modificación del Colegio de La Compasión parece coherente con el fin declarado de mantener el centro educativo y adaptarlo a las nuevas necesidades educativas y a las necesidades derivadas de la implantación de una 3ª línea de enseñanza, reordenando los usos comunes y los servicios del colegio.
Por otra parte, la propiedad manifiesta su intención de buscar un acuerdo con el Ayuntamiento para incorporar el uso del patio del colegio a la parcela deportiva municipal contigua.
La propuesta señala, con buen criterio, que, a la vista de las continuas modificaciones puntuales al Plan Municipal para adaptar los centros docentes a una gran variedad de actividades, no sólo escolares sino extraescolares, de barrio, etc. se abra una reflexión sobre la limitación de ocupación del 60% de la parcela, limitación que no existe en equipamientos polivalentes y cuya regulación corresponde más a la legislación específica de los centros educativos. A nuestro grupo, esta llamada a la reflexión nos parece muy interesante y tiene bastante que ver con otra, que está en el aire, respecto a las limitaciones de ocupación de las parcelas con instalaciones deportivas y lúdicas, sometidas a unas limitaciones de ocupación que provienen de modelos anticuados poco acordes con la realidad de hoy.
El propio informe técnico de Gerencia reconoce que “las limitaciones que deben establecerse a las parcelas de equipamiento deben ser las estrictamente necesarias” Del mismo informe se desprende que la propuesta plantea un incremento de superficie construida de 1.806,58 m2 respecto al máximo permitido aunque reconoce que las sucesivas ampliaciones dentro de estas parcelas dotacionales no buscan, como en las residenciales, el máximo rendimiento económico sino la sucesiva adaptación del centro a sus propias necesidades. Por ello, el informe entiende que, en las parcelas dotacionales, no es necesario limitar la superficie construida.
También entiende que puede procederse a su aprobación inicial con rango de Modificación Pormenorizada y que el aumento de edificabilidad planteado no provoca la necesidad de aumentar las dotaciones previstas en el planeamiento.
El informe jurídico, por su parte, concluye que no es exigible la cesión del 10% de la edificabilidad por no tratarse de una “actuación de dotación”
Por el contrario, el Secretario del Pleno, en su informe, concluye que todo incremento de edificabilidad en suelo urbano consolidado es una “actuación de dotación” y, por ello, debe ceder el 10% del incremento, así como el suelo para dotaciones, con independencia o no de que se produzca un desequilibrio en el sistema de dotaciones.
Ante estos informes contradictorios, nuestro grupo encargó un nuevo informe urbanístico en el que se concluye que, en este caso, no se produce desequilibrio dotacional y no se generan plusvalías porque no se incrementa el valor de repercusión del suelo y por tanto no puede ser exigible la cesión del porcentaje de edificabilidad.
Intervención de Javier Torrens

Somos favorables a la modificacón urbanística de la Casa de Misericordia

El objeto de la modificación que se plantea es la transformación parcial del uso dotacional privado asistencial en uso de oficinas y usos compatibles. Este cambio de uso dotacional a terciario supone una importante generación de plusvalías en la que debe participar la comunidad, de acuerdo con el mandato constitucional (art. 47 de la Constitución Española)
Como consecuencia del cambio de uso propuesto, se plantea una reordenación parcial del ámbito, tanto en ocupación como en altura, manteniendo el edificio original proyectado por Víctor Eusa en 1927 y que aparece catalogado en los grados 1 y 2.
El informe técnico de Gerencia apunta una reflexión interesante:
“La propuesta constituye una oportunidad urbanística que ofrece la posibilidad de plantear nuevos usos complementarios a la estructura urbana actual, al tiempo que se consolida y afianza el uso dotacional existente. Se plantea una propuesta que incorpora nuevos objetivos al Plan Municipal sin abandonar los existentes”
En la exposición de la Moción que hoy presentamos instando al Gobierno y al Parlamento de Navarra a adaptar la LFOTU 35/2002 a la ley básica TRLS/08, comentaré con más amplitud la importancia de estos espacios urbanos singulares que Solá-Morales denomina “esquinas de la ciudad”
El informe técnico de Gerencia considera adecuada la obligación de compensar la desaparición de usos dotacionales creando una parcela dotacional de 1.730 m2 además de la correspondiente cesión del aprovechamiento de acuerdo al criterio de valoración propuesto.
Según el informe de Gerencia y el criterio del informe que aporta nuestro grupo, estamos claramente ante una “actuación de dotación” en suelo urbano consolidado que produce un desequilibrio dotacional y genera plusvalías, lo que conlleva el deber de cesión del porcentaje de edificabilidad media ponderada correspondiente, ya que se sustituye un uso dotacional asistencial privado por otro de oficinas más lucrativo.
Por el contrario, el informe del Secretario plantea que, a su juicio, se trata de un suelo urbano no consolidado y, por tanto, no estamos ante una actuación de dotación.
De acuerdo con nuestro informe, encargado para ayudar a esclarecer esta disparidad de criterios, la categoría de un suelo urbano consolidado o no consolidado la confiere, no tanto la ordenación como el grado de urbanización, por lo que entendemos que sí estamos ante una actuación de dotación en la que se deben cumplir los deberes urbanísticos previstos en la Ley del Suelo, legislación básica española, en la forma y modo que aparece previsto en el documento de modificación propuesto.
Estos deberes de las Actuaciones de Dotación se concretan en:
1.- La cesión del suelo reservado para viales, espacios libres, zonas verdes y dotaciones.
2.- La cesión del porcentaje de incremento de la edificabilidad media ponderada.
3.- El deber de costear y ejecutar las obras de urbanización.
Esperamos conseguir el consenso de los grupos para desbloquear una propuesta que creemos interesante, no sólo para ayudar al mantenimiento de la función social de la Casa de Misericordia sino porque puede llegar a solucionar adecuadamente esta “esquina de la ciudad”.
Intervención de Javier Torrens

Se aprobó nuestra moción para adaptar la Ley Foral 35/2002 a la Ley del suelo S/08

LA MOCIÓN
Sesión 05/11/2009
ADAPTACIÓN DE LA LEY FORAL 35/2002 (LFOTU) A LA LEY DEL SUELO TRLS/08
El Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Pamplona presenta, para su debate y votación en el Pleno, la siguiente MOCIÓN :
El debate suscitado en Comisión de Urbanismo, hace unas semanas, de diversas modificaciones del Plan Municipal: la ampliación del Colegio de La Compasión en Rochapea, la ampliación de Servicios Ecológicos de Navarra en Santa Lucía y la modificación estructurante de la parcela de la Casa de Misericordia en Iturrama, así como la existencia de informes contradictorios de la Gerencia de Urbanismo y del Secretario del Pleno sobre si se tratan o no como actuaciones de dotación e incluso de si estamos ante suelos urbanos consolidados o no consolidados, hizo que nuestro grupo propusiera que dichos expedientes quedaran sobre la mesa para su estudio antes de su pase a Pleno.
En estas semanas, el Grupo Municipal Socialista ha recabado el adecuado asesoramiento urbanístico que le va a permitir disponer de una postura clara acerca de dichas modificaciones del Plan Municipal, dos de las cuales han sido traídas a este Pleno.
Para evitar dudas continuas, informes contradictorios y una situación de constante incertidumbre en futuros casos similares, que sin duda van a plantearse, en la gestión del suelo urbano consolidado y en aras de la mayor seguridad jurídica, el Pleno adopta el siguiente
ACUERDO
Instar al Gobierno de Navarra y al Parlamento de Navarra a que, a la mayor brevedad, se proceda a la adaptación de la Ley Foral 35/2002 (LFOTU) a la Ley del Suelo TRLS/08, legislación básica estatal, como ya han hecho otras Comunidades Autónomas, y en concreto, se establezcan reglas precisas para su aplicación en las actuaciones de dotación.
LA INTERVENCIÓN
El desarrollo de la ciudad lo planifica la propia ciudad de acuerdo con planes de ordenación en cascada, desde el Plan Municipal hasta el Estudio de Detalle o los proyectos de urbanización y de obras.
Se busca racionalizar el proceso de toma de decisiones introduciendo mecanismos técnicos y jurídicos que impidan la discrecionalidad injustificada y permitan la participación, lo más amplia posible, tanto de los representantes políticos municipales como los que representan intereses determinados dentro de la sociedad civil.
Todo ello bajo el paraguas de las leyes básicas estatales que introducen cierta homogeneidad y de la legislación autonómica que atiende algunas diferencias regionales.
Se trata de un proceso largo y a veces tedioso pero cuyo rigor y control lo hace absolutamente necesario por mucho que todos deseemos abreviarlo.
Este esquema de planeamiento de desarrollo en cascada que transforma el suelo rústico en ciudad con todos los servicios y dotaciones necesarios, aparece como una rutina bien engrasada, necesitada siempre del control y atención constantes para que no se lleguen a producir arbitrariedades no justificadas, rutina de la que se ocupan habitualmente los servicios técnicos municipales bajo la dirección de los responsables del equipo de gobierno sometidos ambos a la supervisión, en la medida en que lo permite la legislación local, de la oposición municipal y los colectivos sociales interesados.
Una cierta inercia normativa hace que este urbanismo de desarrollo resulte bien definido, tanto técnica como jurídicamente, y acabe siendo sometido y regulado por la legislación básica estatal y autonómica convirtiendo estos desarrollos de ciudad nueva en productos homologados, casi indiferentes a su localización en cualquiera de las ciudades españolas.
Pero no ocurre de la misma manera con la ciudad heredada, resultado de otras épocas, otras intenciones, otros instrumentos de ordenación y otros derechos y deberes que ya cumplieron su primer ciclo vital y que ahora se enfrentan a transformaciones, a veces de gran trascendencia, para responder a las nuevas necesidades de una ciudad en constante renovación.
Las intervenciones en la ciudad consolidada se producen de dos maneras: una de forma difusa y pormenorizada y que afecta a la masa residencial, comercial y de servicios, para la que se precisa un marco legal y una imagen deseable que adopta la forma de Planes Especiales de Protección y Reforma Interior, en los que se conjugan dos visiones, a veces contradictorias, la protección de los valores de la ciudad heredada y la necesaria reforma y modernización de aquellos aspectos obsoletos para mantener su vitalidad dentro del conjunto urbano. La otra manera de intervenir deja una cierta indefinición en la ordenación de los enclaves singulares de la trama urbana. La ordenación-marco de los PEPRIs no llega, y quizá no deba hacerlo, a resolver con decisión y claridad algunos puntos singulares donde parece concentrarse la identidad de las partes de la ciudad, lo que Solá-Morales identifica como “las esquinas de la ciudad”. Porque esos planes son tan concretos en lo normal, en lo previsible, como inconcretos e inciertos en lo singular y excepcional. Al fin y al cabo son planes, no profecías, se redactan mucho antes de que se lleven a cabo y en circunstancias socioeconómicas diferentes. Por eso, ante situaciones nuevas se generan alternativas muy diversas y, a menudo, difíciles de regular. Son espacios singulares, grandes parcelas heredadas con usos obsoletos que desaparecen o se trasladan, espacios límite entre áreas urbanas homogéneas donde se concentran las tensiones pero también las posibilidades de renovación de la ciudad. Esas “esquinas de la ciudad” donde, si se acierta con la ordenación, la formalización y, sobre todo, los usos, contribuyen a cualificar y a dotar de atributos a la parte de la ciudad donde se insertan.
Acertar en esos puntos singulares resulta esencial porque, a diferencia de un PEPRI, que se puede modificar mediante el viejo método de prueba y error; una intervención en estos espacios expone, durante muchos años, tanto sus aciertos como sus errores. Una ciudad bien ordenada se percibe como una suma de aciertos y los errores, aparte de caros, resultan difíciles de enmendar.
Para acometer con cierta seguridad la intervención en estos espacios singulares nos faltan instrumentos urbanísticos precisos, normas claras, en cuanto la ordenación se aleja del parque, el equipamiento público o la rotonda de tráfico en áreas de propiedad pública. En situaciones complejas de iniciativa privada, con nuevos usos, reordenación total o parcial del área o aparición de nuevas tramas urbanas, los instrumentos de ordenación empiezan a resultar insuficientes, de dudosa aplicación y a menudo arbitrarios. Se duda de la propia calificación del suelo, de la conveniencia de tomar la iniciativa desde la administración, de los deberes de la propiedad del suelo, de la existencia o no de plusvalías y del precedente que pueda crear ante expedientes futuros.
La situación se torna complicada si los tres marcos normativos: legislación básica estatal, legislación autonómica y planeamiento municipal, no se encuentran bien engarzados como es son los casos que hoy traemos a este pleno.
Hoy hemos debatido dos expedientes bien diferentes en suelo urbano consolidado: la ampliación del Colegio de la Compasión, de escasa trascendencia urbana aunque importante para la pervivencia de un equipamiento docente privado y la propuesta para el desarrollo de la parcela de la Casa de Misericordia, vital para la definitiva formalización de ese espacio singular situado entre la Ciudadela, el Ensanche y los barrios de Milagrosa y San Juan y que puede resolver tanto la mejora del equipamiento asistencial como la aparición de nuevos usos más lucrativos que permitan ayudar a su sostenimiento y a ordenar definitivamente esta “esquina de la ciudad” pendiente de solución desde hace décadas.
Las dudas provocadas por informes municipales contradictorios en cada uno de los expedientes, dudas más importantes en el caso de la Misericordia, provocaron que nuestro grupo solicitara dejarlos sobre la mesa y recabar, por nuestra parte, un nuevo informe que esclareciera la situación legal y ayudara a la toma de decisiones sobre éstos y otras propuestas similares en suelo urbano consolidado que, tarde o temprano, llegarán a este pleno.
Para evitar continuas dudas e incertidumbres sobre la gestión del suelo urbano consolidado, traemos hoy esta Moción que busca el apoyo de todos los grupos, donde se solicita un acuerdo de instar al Gobierno de Navarra y al Parlamento para que proceda, a la mayor brevedad, a la adaptación de la Ley Foral 35/2002 LFOTU a la legislación básica estatal, la Ley del Suelo TRLS/08, como ya lo han hecho otras comunidades autónomas y que, en concreto, se establezcan reglas precisas para la aplicación de los deberes de los propietarios en las actuaciones de dotación.

Apoyamos la modificación del Plan Municipal para la aplicación de la Ley de Medidas Urgentes de Urbanismo y Vivienda

La Ley Foral 6/2009 de Medidas Urgentes en Materia de Urbanismo y Vivienda destaca la excepcionalidad de los incrementos de edificabilidad en los planes en ejecución, a fin de hacerlos más viables, como medida transitoria en una situación de crisis económica y con el fin declarado de reactivar el sector inmobiliario.
La Disposición transitoria 1ª de dicha ley admite incrementos de hasta un 15% en sectores o unidades aprobados bajo la Ley Foral de 1994, donde el porcentaje de viviendas VPO es inferior al 50% sin necesidad de ajustar sus determinaciones a los estándares previstos en el artículo 53 de la LF 35/2002, siempre que no supongan incremento de aprovechamiento, que dicho incremento de edificabilidad se destine a vivienda protegida en un porcentaje al menos igual al previsto en la ordenación.
La aplicación de estas medidas exige, en primer lugar, la modificación de la Normativa Urbanística del Plan Municipal que hoy debatimos en este Pleno y, más tarde, las modificaciones de los planeamientos de desarrollo correspondientes a los diferentes sectores.
Tanto el informe técnico como el jurídico constatan que la única manera posible de abordar este incremento de edificabilidad es estableciendo una nueva manera de medir el aprovechamiento de proyecto basada en ajustar la superficie útil en lugar de la construida, como es la norma vigente y establecer un nuevo coeficiente de 1,13 en lugar de 1,30, lo que viene a suponer el incremento del 15% previsto en la ley.
Además, para favorecer la aparición de viviendas más pequeñas se determina que cada módulo de 110 m2 construidos equivalga a 5 piezas habitables en lugar de las 4 que establece la normativa vigente.
Ambos informes destacan que la adopción de la superficie útil como referencia para medir el aprovechamiento, en vez de la construida, presenta algunas dificultades de control que, en la redacción final del artículo 35 bis, deberán ser resueltas antes de su aprobación definitiva.
Estamos convencidos de que referenciar el aprovechamiento a la superficie útil plantea muchas más ventajas que inconvenientes: mayor libertad de diseño, mayor dimensión de los espacios comunes, mayor calidad constructiva ya que no se penalizan soluciones como la fachada ventilada o mayores dimensiones de patinillos de ventilación o de instalaciones.
Finalmente, estas modificaciones normativas van a posibilitar un mayor ajuste de la oferta a la demanda de viviendas más pequeñas, demanda reclamada desde hace mucho tiempo por los usuarios, los colegios profesionales y los propios estudios de mercado, pero ignoradas por los promotores en su oferta durante los años de expansión del sector inmobiliario. Es triste que haya hecho falta una crisis económica y el colapso del sector para poder, por fin, disponer de viviendas más ajustadas a las necesidades reales, a la composición de las unidades familiares y a un precio considerablemente más bajo.
Sólo una duda flota en el aire: ¿Cómo podemos asegurar que estas medidas vayan a propiciar la reactivación inmediata del sector y que, una vez aprobadas y modificados los planes, veamos aparecer las grúas en las parcelas?
Un recordatorio como responsable de la Mancomunidad. Que los servicios técnicos municipales exijan, como señala la ley, que las modificaciones del planeamiento de desarrollo incluyan las justificaciones relativas a la suficiencia de las infraestructuras en cada ámbito, condición necesaria para que puedan ser aprobados.
Finalmente, recordar también que, en el plan de Arrosadía-Lezkairu, el incremento del porcentaje de VPO previsto hasta el 24% fue posible gracias a una propuesta del grupo municipal socialista basado en un informe técnico propio.
Intervención de Javier Torrens en el Pleno del 5 de noviembre de 2009

miércoles, 4 de noviembre de 2009

MODIFICACIONES URBANÍSTICAS NECESARIAS PARA EL BUEN DESARROLLO DE PAMPLONA

Hemos dado una rueda de prensa para dar a conocer nuestra postura en varios expedientes urbanísticos pendientes de resolver en el Ayuntamiento de Pamplona, como son los referidos al Colegio de la Compasión, el desarrollo de los terrenos de la MECA, o las modificaciones realizadas en la empresa Servicios Ecológicos.
Había cierta confusión, ya que los técnicos del Ayuntamiento habían realizado unos informes favorables al desarrollo de los expedientes, mientras que el Secretario proponía unas importantes modificaciones en los mismos.
A la vista de la contradicción decidimos encargar nuestro propio informe jurídico, que va a ser la base de nuestra actuación en esta materia.
Entendemos que la ciudad es dinámica, y nos tenemos que adaptar a las situaciones y necesidades de la misma, pero siempre con una base jurídica que garantice unos criterios claros y objetivos de actuación, y que no estén sujetos a las decisiones puntuales.

La duda radica en la consideración de que los terrenos sobre los cuales está previsto actuar sean urbanos consolidados o no consolidados. Ello depende en gran medida del nivel de modificación prevista sobre los mismos.
Otros de los matices que nuestro informe considera importante son si se produce desequilibrio dotacional por motivo de la actuación, o si se generan nuevas plusvalías que se debieran ceder su parte correspondiente a la Administración.
En definitiva y por resumir, el expediente del Colegio de la Compasión, se considera que no produce un cambio de uso, sino que su modificación es consecuencia del desarrollo de las necesidades educativas actuales.
El expediente de la Meca se produce un cambio de usos, de dotacional a terciario, por tanto se permite, pero abonando a la Administración el cálculo resultante, en su parte correspondiente, debido a este cambio de usos.
En Servicios ecológicos, puesto que se ha producido una ampliación de la construcción, también deben abonar al Ayuntamiento el importe proporcional correspondiente.
Pero el problema que se ha percibido es la falta de adecuación de la legislación estatal con la foral, en materia de suelo y vivienda para resolver estas dudas; por este motivo, vamos a proponer en el próximo pleno del Ayuntamiento, que se celebrará el día 5, una moción instando al Gobierno y Parlamento que adecuen la ley a la mayor brevedad posible, y mientras tanto, proponemos fijar unos criterios de actuación, recogidos en el informe jurídico presentado.