Teniendo en cuenta que desde 1989 ha
habido 128 conflictos armados en los que ha habido al menos 250.000 muertes cada año y se calcula que cada año se
cometen unos 300.000 homicidios en conflictos no armados;
Reconociendo que la ausencia de normas internacionales
establecidas de mutuo acuerdo para la transferencia de armas convencionales a
fin de hacer frente, entre otras cosas, a los problemas relacionados con el
comercio no regulado de armas convencionales y su desviación al mercado ilícito
es un factor que contribuye al desarrollo de conflictos armados, el
desplazamiento de personas, la delincuencia organizada y el terrorismo,
menoscabando la paz, la reconciliación, la seguridad, la estabilidad y el
desarrollo económico y social sostenible;
Considerando que en más del 60% de las violaciones de
derechos humanos documentadas por Amnistía Internacional en una década se
utilizaron armas pequeñas y ligeras;
Extremadamente preocupados por el hecho de que niños y
niñas soldado hayan participado de forma activa en conflictos armados,
integrados dentro de fuerzas gubernamentales o grupos armados no estatales en
19 países desde 2004;
Considerando la destrucción que provocan estos conflictos armados en la
infraestructura socio-económica y de mercados, la corrupción y el desvío de
fondos públicos, que niegan el acceso a las personas empobrecidas a asistencia
médica, agua, alimentos, vivienda y educación;
Acogiendo con satisfacción el hecho de que en 2009, la
comunidad internacional acordó iniciar las negociaciones para crear un tratado
que regulase de forma efectiva el comercio internacional de armas;
Considerando especialmente que la Resolución 64/48 de la
Asamblea General de la ONU pedía a los Estados miembros de las Naciones Unidas
el establecimiento de un tratado “firme y sólido” para crear un instrumento
“eficaz” que contenga las normas internacionales comunes más
elevadas posibles para la importación, exportación y transferencia
internacional de armas convencionales;
Teniendo en cuenta que en julio de 2012 se celebrará una
conferencia de negociación acerca de un Tratado sobre el Comercio de Armas
(TCA),
El Ayuntamiento de Pamplona
1.- Insta al
Ministro de Asuntos Exteriores del gobierno de España a que se asegure de que
el Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA) incluye:
a) Una “Regla
de Oro” del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho
Internacional Humanitario que prohíba que se autorice una
transferencia de armas cuando exista un riesgo sustancial de las armas objeto
de la transferencia vayan a usarse para cometer, o facilitar que se cometan,
violaciones graves del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho
Internacional Humanitario.
b) Una cobertura
exhaustiva que incluya controles sobre todas las armas, municiones,
armamento y materiales conexos y sobre todas las transferencias.
c) Regulaciones sólidas en los
sistemas de concesión de licencias, transparencia y presentación de informes
2.- Hace un
llamamiento al gobierno español para que utilice todos los medios diplomáticos
a su disposición para contactar con todos los gobiernos y se asegure de que las
cuestiones mencionadas en el punto anterior se incluyen en el TCA.
3.- Hace un
llamamiento especial a China, Rusia, Estados Unidos de América, Reino Unido,
Francia, Turquía, Australia, India, Indonesia, Sudáfrica, México, la Unión
Europea, Brasil, Nigeria y Egipto a que utilicen su influencia para garantizar
que el TCA incluye los elementos mencionados en el punto 1.
4. Da
instrucciones a Alcaldía para que remita este acuerdo al Ministerio de Asuntos
Exteriores de España y a los gobiernos que figuran en la lista del punto 3 a
través de las embajadas en nuestro país.
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