APROBADA LA MOCIÓN QUE, A INICIATIVA NUESTRA, SE HA CONSENSUADO ENTRE TODA LA OPOSICIÓN MUNICIPAL Y CUYO TEXTO ES COINCIDENTE CON EL DEL APROBADO EN EL PARLAMENTO DE NAVARRA.
La modernización de los hospitales y centros
sanitarios iniciada en los años setenta del pasado siglo, junto con la reforma
de la atención primaria desarrollada a partir de las recomendaciones de la OMS
y plasmada en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y, en Navarra,
en la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, sentaron los pilares de
un sistema público sanitario de acceso universal, gratuito y de calidad
contrastada, reconocido desde entonces en todo el mundo. Para mediados de los
años noventa el 95 % de la población navarra era atendida en los nuevos centros
de salud y, por lo tanto, se beneficiaba de las actividades de promoción de la
salud, prevención de enfermedades, asistencia y rehabilitación.
La asistencia de las urgencias vitales, sin
embargo, siguió vinculada a los hospitales hasta la puesta en marcha del Plan
de Urgencias de Navarra aprobado en 1997. Desde entonces, la red de ambulancias
medicalizadas presta asistencia especializada en el lugar donde ocurra el
siniestro, sea por enfermedad o accidente, y el personal sanitario de las zonas
rurales complementa esta atención en los ámbitos más alejados de los grandes
núcleos urbanos.
En el año 2008 se creó el Servicio de Urgencias
Rurales (SUR) que, sin suponer un gran avance organizativo, mejoró las
condiciones laborales del personal de urgencias médicas rurales y permitió una
mejor atención facilitando la presencia física de estos profesionales en los
puntos de atención continuada.
El
Decreto Foral 131/2012, de 19 de diciembre, por el que se regulan el horario y
el funcionamiento de los centros sanitarios de Atención Primaria, de los Puntos
de Atención Continuada y Urgente, y las modalidades de atención continuada y
urgente, supone por primera vez un retroceso en la prestación sanitaria
ofertada a la ciudadanía navarra dado que implica el desmantelamiento del
actual sistema de urgencias destinado a la población rural y a la red viaria de
la comunidad. Dicha norma confunde la atención sanitaria continuada y urgente,
mezclando problemas y necesidades radicalmente diferentes, y deteriora el nivel
de las prestaciones que se habían ido implantando para la ciudadanía de Navarra
a través de la citada Ley Foral
10/1990, de los Decretos Forales 29/1997, de 10 de febrero, y 8/2011, de
7 de febrero, sobre transporte sanitario por carretera de Navarra, del Decreto
Foral 343/1997, de 24 de noviembre, por el que se regula la asistencia sanitaria
de urgencia extrahospitalaria en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, y
el Acuerdo sobre modelo de organización de los servicios de urgencias médicas
en el ámbito rural de marzo de 2008 entre el Servicio Navarro de
Salud-Osasunbidea y las organizaciones sindicales.
Con la
aplicación de ese Decreto Foral se pone en riesgo la seguridad de las personas
residentes en las zonas rurales y de los usuarios de la red viaria de Navarra
con la única justificación de un pretendido ahorro de costes, que por otra
parte no es real. Se desaprovecha la oportunidad de estudiar modelos más
efectivos y, a la vez, más eficientes que permitan continuar mejorando la
asistencia a las urgencias vitales en el medio rural. Es evidente que el actual
modelo de atención primaria y urgente de la zona rural tiene aspectos
mejorables, pero el Decreto Foral 131/2012 no contribuye a su corrección sino,
por el contrario, se opone a los principios de equidad en los niveles de salud
e igualdad en las condiciones de acceso al sistema sanitario para todos los
ciudadanos, descentralización y participación en la gestión, calidad y
humanización de la asistencia sanitaria y participación de la comunidad que se
contienen en el art. 4 de la Ley Foral de Salud.
El Pleno
del Ayuntamiento de Pamplona, capital de la Comunidad Foral de Navarra, quiere
mostrar su rechazo al citado Decreto Foral y trasladar su solidaridad a las
personas a las que les afecta.
Por
todo ello, el Pleno del Ayuntamiento de Pamplona acuerda:
1.
Instar al Gobierno de Navarra a que derogue el Decreto Foral 131/2012, de 19 de
diciembre, por el que se regulan el horario y el funcionamiento de los centros
sanitarios de atención primaria, de los puntos de atención continuada y
urgente, y las modalidades de atención continuada y urgente.
2.
Instar al Departamento de Salud del Gobierno de Navarra a que realice una
evaluación de las necesidades de la población de las zonas rurales de Navarra
en relación a la atención sanitaria y de las ineficiencias del modelo de la
atención continuada y urgente, y elabore un Plan de funcionamiento de los
centros sanitarios de atención primaria y de las modalidades de atención
continuada y urgente con participación de los profesionales sanitarios, de las
entidades locales y de los colectivos sociales relacionados con dicha materia
procurando el mayor consenso posible. Plan que, en el plazo máximo de un año,
remitirá al Parlamento de Navarra para su debate y aprobación.
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