lunes, 29 de abril de 2013

SE APRUEBA LA MOCIÓN EN DEFENSA DEL PATRIMONIO NAVARRO




En mayo del año 2007, por iniciativa popular, se creó la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro, al descubrirse, por pura casualidad, la inscripción en el Registro de la Propiedad, por parte del Arzobispado de Pamplona de al menos 1.087 bienes de los pueblos navarros, acogiéndose a los artículos 206 de la Ley Hipotecaria y 304 de su Reglamento, a raíz, sobre todo, de la supresión en 1998, por el Gobierno de Aznar del artículo 5 del Reglamento Hipotecario que impedía el registro de los lugares de culto. Todos los pueblos de Navarra se vieron sorprendidos por la inmatriculación de bienes: iglesias parroquiales, ermitas, atrios, casas parroquiales, fincas rústicas y urbanas, arbolados, cementerios, etc.. 

La Iglesia católica, acogiéndose a una vía privilegiada y con un coste irrisorio (20-30 euros cada uno), había inmatriculado numerosos bienes que pertenecen a los pueblos, siguiendo un procedimiento que no conlleva publicidad alguna, sin conocimiento de la población en general, ni de sus representantes públicos. El artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946 concede a la Iglesia el privilegio (así lo califican algunas sentencias) de inscribir bienes directamente en el Registro de la Propiedad mediante la propia certificación del Diocesano. Este artículo está bajo sospecha de inconstitucionalidad, tras algunas sentencias del Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo basadas en algo lógico: la Ley Hipotecaria fue aprobada en 1946 en pleno estado confesional franquista. De ahí las generosas prerrogativas para la inscripción que concede a la Iglesia católica. Establecida con la Constitución de 1978 la no confesionalidad del Estado español, es más que cuestionable que la Ley Hipotecaria continúe otorgando al Diocesano tareas de funcionario público, con el fin de practicar la inscripción de bienes a su propio nombre. 

Son evidentes las dificultades legales y económicas de cada pueblo para pleitear en solitario por la recuperación de los bienes que considera del pueblo. La Ley Hipotecaria privilegia a la Iglesia para inmatricular bienes, y los costes que supone su anulación difícilmente pueden ser asumidos por los Entes locales. 

El Parlamento navarro en sesión de 14 de junio de 2012 trató el tema de las inmatriculaciones realizadas por la Iglesia y acordó instar al Gobierno de Navarra a realizar un inventario del patrimonio total afectado por las inmatriculaciones efectuadas por la Iglesia católica, solicitar la derogación del art. 206 de la Ley Hipotecaria que permite a la Iglesia el privilegio de la inmatriculación sin tener en cuenta la obligada separación Iglesia-Estado y otros extremos. (Boletín del Parlamento de 25 de junio de 2012 y Diario de sesiones del Parlamento de 14 de junio de 2012: Páginas 75 a 83). 

En la actualidad, son ya alrededor de 150 Ayuntamientos y Concejos los que han mostrado su adhesión a la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro. 

La situación puede resumirse en una mayor alarma social que ha hecho que en todo el Estado se vaya tomando conciencia de la gravedad del asunto y en algunas victorias parciales, conseguidas por la presión popular y por algunas sentencias judiciales. Sin embargo, la Diócesis se ha atrincherado tras un muro de silencio, mientras sigue vendiendo, alquilando, cobrando entradas y disponiendo de los bienes inmatriculados a su nombre. Bienes que en muchos casos los abandona hasta situaciones de ruina, a la espera de que sean los fondos públicos y los vecinos quienes los arreglen para disponer luego de ellos y patrimonializarlos a su antojo. 

La Iglesia es incapaz de mantener en pie todos los bienes que ha inmatriculado y es lógico que los pueblos se muestren cada día más reticentes a mantenerlos mientras no se resuelva el tema de su propiedad. Sólo volviendo a ser propiedad pública podremos garantizar que siga en pie y abierto al público todo el enorme patrimonio de Navarra, tal y como ocurre, por ejemplo, en la Baja Navarra. 


En virtud de cuanto antecede, se propone la adopción del siguiente ACUERDO: 

1º.- Solicitar al Gobierno de Navarra que ofrezca a los pueblos navarros información jurídica e histórica sobre el origen y los derechos de su patrimonio público, y que apoye a los Ayuntamientos y Concejos que intenten recuperar los bienes inmatriculados por la Iglesia católica. 

2º.- Pedir al Gobierno de Navarra información sobre todas las inversiones realizadas con dinero público en el arreglo, mejora y sostenimiento del patrimonio navarro inmatriculado por la Iglesia católica, especificando el porcentaje que suponen las aportaciones públicas realizadas por Gobierno de Navarra, Estado y Entes locales con respecto al costo total. 

3º.- El Ayuntamiento de Pamplona se adhiere a la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro, y se compromete a colaborar con y a participar en cuantas iniciativas se impulsen en pro de la recuperación del patrimonio común inmatriculado por la Iglesia católica. 

4º.- Este Ayuntamiento efectuará la defensa jurídica del Patrimonio anteriormente referido, perteneciente a la ciudad de Pamplona/Iruñea,en los terminos que proceda, a solicitud del propio Ayuntamiento 

5º.- Dar traslado de este acuerdo a la Plataforma para la defensa del patrimonio navarro.

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