lunes, 7 de mayo de 2012

SE APRUEBA LA ORDENANZA DE ALTA EXCLUSIÓN CON TODAS NUESTRAS APORTACIONES





Que la aprobación inicial de esta Ordenanza figure en el orden del día de la presente sesión del Pleno del Ayuntamiento, merece una somera exposición de sus antecedentes, no sólo en cuanto a lo que tienen de ilustrativo para este expediente, sino también y como diré más adelante para que sirva de ejemplo de lo que hay que hacer, o mejor dicho, de lo que no hay que repetir.

El 14 de enero de 2010 la junta de Gobierno aprobó la convocatoria de la gestión del servicio municipal de atención a personas sin hogar.

A primeros de febrero, diversos Concejales del Ayuntamiento, solicitaron un informe al Secretario del Pleno sobre si el contenido del pliego de condiciones suponía o no la continuidad en la forma de gestión y en segundo término,  si era necesario un acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, informe que concluyó la necesidad de que el Pleno asumiera el servicio como propio y determinara el modo de gestión.

El 15 de febrero entendiendo que era necesario un acuerdo que asumiera el servicio y determinara su forma de gestión, el Pleno, a propuesta de NaBai y el PSN, acuerda instar  la paralización del concurso, a pesar de la oposición de UPN que consideraba que no era necesario acuerdo alguno del Pleno, opinión que fue avalada por el Director de la Asesoría jurídica a quien se le había encargado un informe para contrarrestar el del Secretario del Pleno.

Alguna duda debía tener  el equipo de gobierno, porque , a pesar de contar con este informe, en la sesión de 4 de marzo, aprobó una moción del PSN para asumir como Servicio Público la prestación del servicio de “atención a personas sin hogar”, para determinar que se gestionaría de modo indirecto y para obligar la aprobación de  una ordenanza de funcionamiento de los servicios.

El 31 de enero de 2012 se ha dictado sentencia de un recurso interpuesto por una Asociación contra el acuerdo por el que se acordó la contratación del Servicio de Atención a personas sin hogar al que he hecho referencia. Pues bien, en esa sentencia se desestima la falta de competencia de la junta de Gobierno precisamente porque se dictó el acuerdo del Pleno de 4 de marzo y se desestima la alegación de la falta de Ordenanza reguladora del servicio porque también se aprobó que se redactara en la misma sesión del Pleno.

Sirva este ejemplo de lo que puede ocurrir si se trata de hurtar competencias al Pleno del Ayuntamiento y sirva especialmente para cierto expediente relativo a determinado servicio que tantas veces ha sido objeto de debates y acuerdos en sesiones del Pleno, el servicio de prevención primaria.

Quiero advertir que no consentiremos que por un acuerdo de la junta de Gobierno se cambie el sistema de concierto aprobado por el Pleno del Ayuntamiento o que se apruebe un condicionado en el que se desnaturalice el concepto de concierto asimilándolo en la práctica a otra forma de gestión indirecta de servicios.

Volviendo al tema que nos ocupa, dos años más tarde del acuerdo del Pleno, el equipo de gobierno ha presentado ¡por fin! una Ordenanza reguladora del servicio.

Y vamos a votar afirmativamente esta ordenanza porque estamos convencidos que entre todos la hemos mejorado y como muy bien dice la propia palabra, esta ordenanza , está realizado su papel, el de  ordenar los distintos programas que se han desarrollado para dar respuesta a las personas que se encuentran en situación de  exclusión.

Ninguna ordenanza, y menos ésta que atiende a las personas con mayores necesidades ,tiene que quedar encorchetada. Tenemos  ir cuantificando las necesidades, las demandas y detectando los problemas de las personas que viven en la ciudad de Pamplona para que las Ordenanzas estén acordes con los tiempos en los que vivimos, desarrollando nuestra propia cartera de servicios tal y como queda  señalado en artículo 21 de la Ley 15/2006 de 14 de diciembre de Servicios Sociales  y en la Medida 3.3 del Plan Estratégico de Servicios Sociales de Navarra 2008-2012 .
Quisiera recordar que nuestro grupo, el grupo socialista ha presentado 8 enmiendas en la Comisión de Asuntos Ciudadanos que se han incorporado al texto borrador , presentado por el equipo de Gobierno, 8 enmiendas en relación  con  los principios  éticos,  con la defensa de los derechos de las personas usuarias de estos servicios y con la  defensa de la calidad de atención .

Hemos presentado una enmienda de supresión al artículo 9, para asegurar, para eliminar el copago en el programa de Atención a personas sin hogar empadronadas en Pamplona. Nuestro grupo ve inadmisible que personas en situación de exclusión tengan que pagar una parte del servicio , estamos hablando de justicia social , además esta medida está en contradicción con los requisitos que señala la Cartera de los Servicios Sociales, que describe el servicio de acogida para personas sin hogar gratuito.

Así mismo, hemos presentado una Enmienda  de supresión ,en el artículo 14,  en relación a los derechos de las personas usuarias del servicio para personas sin hogar,  eliminando  , el  párrafo que dice así:

 “Derecho a no ser sometido a ningún tipo de inmovilización o de restricción física o tratamiento farmacológico sin prescripción facultativa y supervisión, salvo que exista peligro inminente para la seguridad física del usuario o de terceros. En este último caso, las actuaciones efectuadas se justificarán documentalmente y constarán en el expediente del usuario, en la forma que se establezca reglamentariamente.”

Nuestro grupo ha eliminado este párrafo pues las sujeciones o restricciones físicas y/o farmacológicas son métodos que, según las últimas evidencias científicas , pueden suponer graves riesgos o inconvenientes sobre la salud de las personas que son objeto de las mismas. Un uso excesivo de estas medidas, además de consecuencias especialmente negativas para la salud y la integridad física y mental de la persona, pueden suponer una vulneración de derechos fundamentales y principios constitucionales, tales como el derecho a la libertad física (artículo 17 CE), a la integridad física y moral y a no sufrir tratos inhumanos o degradantes (artículo 15 CE), a la libertad (artículo 1.1 CE), y los principios de dignidad humana y libre desarrollo de la personalidad (artículo 10 CE).

Así mismo contradice el Decreto Foral 221/2011, de 28 de septiembre, por el que se regula el uso de sujeciones físicas y farmacológicas en el ámbito de los Servicios Sociales Residenciales de la Comunidad Foral de Navarra.

Este decreto acomete un desarrollo reglamentario que regula las garantías necesarias para la aplicación de sujeciones en el procedimiento de urgencia sin prescripción médica y dado los graves riesgos que puede suponer un mal uso de las sujeciones, establece unas garantías de procedimiento en el uso de aquellas que son prescritas mediante prescripción médica.

El decreto no deja ninguna duda, en su artículo 2 dice: “será de aplicación en los servicios residenciales de las áreas de personas mayores y discapacidad, regulados en la Cartera de Servicios Sociales”, por tanto no cabe su aplicación en personas en riesgo de exclusión social.

Sería una barbaridad poner sujeciones en este servicio, dado que en todo momento un profesional cualificado sanitario debe controlar su estado general, físico y mental y estos servicios no cuenta ni va a contar con personal de enfermería.

Hay que pensar, que una persona con sujeciones físicas puede luchar para zafarse y en la agitación para liberarse  se pueden producir accidentes con importantes consecuencias para la salud e incluso producir  la muerte.

El procedimiento que hay que seguir en los casos que se produzca un estado de agitación  será el de llamar al 112 .

Con el fin de garantizar una mejora en la atención , hemos introducido una enmienda de sustitución aportando a la ordenannza la obligatoriedad de diseñar unos protocolos , unos protocolos que sirvan para unificar procedimientos de actuación, unos documentos consensuados y trabajados por todos los trabajadores y responsables de estos servicios. Unos documentos que contengan entre otros apartados el objetivo, las actuaciones a llevar a cabo, los materiales a utilizar, etc.

Nos estamos refiriendo entre otros , al protocolo de emergencias sanitarias. Nuestro grupo entiende que debe quedar totalmente documentado los pasos que hay que seguir ante un atragantamiento, ante un ataque epiléptico, ante un estado de agitación etc.
Los tiempos de crisis son los que exigen una mayor atención a las políticas sociales, el Grupo Socialista es perfectamente consciente de ello y quiere mantener todos “los compromisos de política social.”.
Nuestro empeño es conseguir una sociedad más justa, más equitativa y más cohesionada, desarrollando políticas sociales cuyo objetivo prioritario sea atender a aquellos ciudadanos que “más lo necesiten”.
El papel de los ayuntamientos es fundamental porque al ser la institución más cercana al ciudadano, éste percibe los servicios y las ayudas de forma inmediata.


El viernes pasado nos levantamos con una terrible noticia.
Como una trituradora invisible, la crisis continúa arruinando empresas y destruyendo empleo a un ritmo desconocido que, lejos de detenerse, se acelera. Navarra vive un primer trimestre del año terrible, el peor del que existen datos, que ha culminado con una destrucción neta de 8.000 empleos, que eleva la tasa de paro hasta niveles de hace 25 años y que mantiene a 14.100 hogares viviendo de la prestación o el subsidio de desempleo, de la renta básica o de la economía sumergida: ninguno de sus miembros lleva un sueldo a casa.

El perfil de personas en exclusión está cambiando, cientos de personas que antes tenían un empleo, una casa donde dormir, no saben como van a llegar a fin de mes.
Los responsables políticos no podemos mirar hacia otro lado, no podemos quedarnos impasibles ante estas noticias ,tenemos que asegurar a los ciudadanos de Pamplona que pasan por esas dificultades que coman caliente todos los días del año, asegurarles que van a tener un lugar más confortable y seguro que la calle.

Tenemos la obligación de priorizar, distinguiendo lo urgente  de lo necesario y de lo conveniente y en función de las necesidades , priorizar y gobernar. Tenemos que tomar decisiones,  crear oportunidades, reducir las  desigualdades, y eliminar   exclusiónes de cualquier tipo.Tenemos que asegurar un mínimo suelo social, fruto  del valor de la solidaridad y como medio para posibilitar la inclusión social, laboral y económica de cientos de personas que están en situaciones límites.

Intervención de Pilar Ferrero en el Pleno del 2-5-2012


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