martes, 29 de abril de 2014

SE APRUEBA NUESTRA MOCIÓN PARA TRATAR DE IMPEDIR LA SALIDA A CONCURSO DE LA COMPARSA DE GIGANTES Y CABEZUDOS Y EN EL FUTURO LA BANDA MUNICIPAL LA PAMPLONESA






Lo que pretendo con esta intervención es convencer al equipo de gobierno de UPN de la innecesariedad e inconveniencia de sacar a concurso público las actuaciones de la Comparsa de Gigantes y Cabezudos de nuestra ciudad.

Desde el equipo de gobierno se sostiene que muy a su pesar resulta obligada la utilización de esta forma de contratación tal y como, dicen, se señala en un informe jurídico. 



He de señalar que el citado informe jurídico no existe, se trata solo, según he podido saber, de la opinión de un licenciado en derecho de la plantilla.

Se ha manifestado públicamente que la citada opinión jurídica se fundamenta en que una sentencia que afectó a los dantzaris y joteros de Tudela, la cual determina el camino a seguir por el ayuntamiento de Pamplona, camino que no es otro que el de sacar a concurso público las actuaciones de la comparsa de gigantes y Cabezudos.

En primer lugar, hay que reseñar que se trata de una única sentencia y, además, de un Tribunal que no es el Tribunal supremo, por lo que ni crea ni puede crear jurisprudencia, ni marca ningún camino a seguir para quien no hay sido parte en ese proceso, en concreto para el ayuntamiento de Pamplona.

Pero es que, aunque no fuera así, resulta que el caso de Tudela presenta unas diferencias tan grandes con el caso de Pamplona que en ningún caso se podría aplicar a este ayuntamiento la fundamentación que sirvió para el caso de Tudela.

Veamos: en el caso de Tudela se impugna un convenio regulador de la previa concesión de una subvención nominativa a los dantzaris. El TAN no pone reparo alguno a que se utilice la subvención, pero el Tribunal superior de justicia de Navarra estima que se está ante una contratación no ante una subvención y anula la resolución del TAN.

En este ayuntamiento, hemos discutido tratando de perfilar las dos figuras: subvención y contratación y hemos llegado a varias conclusiones, entre otras y a lo que aquí interesa, que la actividad que desarrolla la comparsa de gigantes está sujeta a un contrato, vamos, que no es una subvención.

En este sentido, podemos decir que en la actualidad y en lo que toca a la Comparsa, el ayuntamiento sigue la línea que marca la sentencia del Tribunal superior y no la del TAN, por lo que en nada afectaría la sentencia al ayuntamiento de Pamplona.

Pero, se me dirá, la sentencia (que repito, al no poder crear jurisprudencia, no vincularía en ningún caso al Ayuntamiento de Pamplona, ni aunque el caso fuera el mismo que en Tudela que no lo es) también plantea que no cabe el procedimiento negociado y en el caso de Pamplona es el procedimiento que se ha seguido hasta hoy.

Pues bien, el contrato actual se ampara en lo previsto en el artículo 73.1.b) de la Ley foral de Contratos, que autoriza utilizar el procedimiento negociado sin ofertas cuando razones técnicas o artísticas, el contrato sólo pueda encomendarse a un empresario o profesional determinado.

Y estas razones artísticas, que no sé si alegaron o no en el caso de Tudela, ni sé tampoco si se podrían o no acreditar en esa ciudad, aquí son evidentes por lo menos para los 27 concejales aquí presentes.

En efecto, todos sabemos que el concurso que se pretendía sacar (espero, como he dicho, convencer al equipo de gobierno de que no se lleve a efecto) no tiene nada que ver con la realización de un trabajo consistente en portar unas figuras de cartón.

Para eso, para desfilar bajo ellas, cualquiera estaría en principio capacitado para hacerlo por lo que, efectivamente, habría que convocar un concurso. Pero lo que se pretende es algo totalmente diferente: es portar sí, pero mucho más es bailar y no es bailar de cualquier manera, sino de una manera concreta: la manera en que los bailan los miembros de la Comparsa; la que les mueve el corazón y la que, a algunos, les nubla la vista. No quieren otra forma, quieren esa forma concreta de llevar, de moverse y de danzar. Queremos esa forma, nosotros también queremos esa forma porque es la nuestra, la de aquí, la de nos han inculcado nuestros padres y madres, nuestros abuelos y abuelas.

Con un concurso cualquier grupo, comparas, empresa o lo que sea podrá ser adjudicataria del, vamos a llamarle así, servicio, pero no veremos más a lo que recordamos y queremos ver cada año: la Comparsa de Gigantes y Cabezudos de Pamplona.

Aplicando la teoría del concurso cualquier grupo podría hacer el Zampantzar de Ituren y de Zubieta, porque cualquiera se puede vestir al uso, colocarse unos cencerros a la espalda y desfilar con más o menos gracia e ímpetu. Pero los vecinos de esos pueblos y los visitantes, no quieren ver eso, quieren ver u oír a los vecinos del pueblo en su zampantzar.

Otro ejemplo; si el ayuntamiento de Pamplona, asesorado por sus servicios culturales, quiere hacer una muestra de dantza representativa de Navarra, puede contratar a los grupos de Ochagavía, Valcarlos y alguno de pamplona de modo directo, por singularidad artística. Si se quiere ver a los bolantes de Valcarlos, no se puede sacar un concurso en el que puedan participar los de Ochagavía.

Esas son las razones artísticas que permiten realizar una contratación directa. Esas son las razones que avalan y permiten que se siga con el sistema actual de contratación de la comparsa de gigantes y Cabezudos de pamplona, sistema avalado jurídica y económicamente por los servicios jurídicos y de intervención de este ayuntamiento.


No es entendible que después de tres años sin tener en cuenta ninguna sentencia y contratando a la Comparsa con el visto bueno jurídico y de intervención municipal, se anuncie en la Mesa de los Sanfermines la salida a concurso y ahora se diga que no hay informe jurídico y que se quiere seguir como hasta ahora si los letrados así lo indican.
¿Para que hemos armado todo este follón? 
También hemos leído que quieren hacer lo mismo con La Pamplonesa en 2016 cuando finalice su contrato. Ahora dice que tampoco hay nada decidido y que se mirará cuando toque y nosotros le decimos que no puede ser que los mismo argumentos valen para la banda MUNICIPAL que tanto ha hecho, hace y hará por la cultura de Pamplona.

Por lo tanto, insisto NO hay que cumplir la sentencia de Tudela, NO crea jurisprudencia, llevamos tres años sin hacerlo y hay una especificidad artística tan clara que los técnicos de cultura deben informar al respecto para que si se hace un informe jurídico, se haga en base a estos argumentos y así seguir con la contratación de la Comparsa como hasta ahora.

Intervención de Jorge Mori en el Pleno del 28 de abril de 2014






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